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SEComunica | La Revista N° 4
JURÍDICO
Y GREMIAL
COVID-19
¿Qué implica que
sea declarada como
una enfermedad
profesional?
A través del Decreto 367/2020 publicado en
el Boletín Oficial firmado por el Presidente
de la Nación en acuerdo general de Minis-
tros, se establece que “la enfermedad Co-
vid-19 producida por el coronavirus SARS- Por este motivo, es muy importante recordar que la atención
CoV-2 se considerará presuntivamente por medio de la ART es un derecho de todos/as los/as tra-
una enfermedad de carácter profesional”. bajadores/as y que cualquier invalidez asociada a esta u otra
enfermedad laboral está cubierta sólo si se efectúa la denun-
Pero...¿Qué significa? cia correspondiente, siguiendo los pasos detallados a conti-
nuación:
1. Informá inmediatamente a tu empleador
2. Hacé la denuncia en la ART, para la cual deberás contar con:
En el artículo primero se determina su alcance estableciendo que to- A. Certificado laboral donde conste que sos empleado/a per-
dos/as “las y los trabajadores dependientes excluidos mediante dispensa teneciente a un grupo exceptuado, las tareas y el horario que
legal y con el fin de realizar actividades declaradas esenciales, del cum- cumplís.
plimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio ordenado por el B. Copia del cerficado único habilitante para circular
Decreto N° 297/20 y sus normas complementarias, y mientras se encuen- https://www.argentina.gob.ar/circular
tre vigente la medida de aislamiento dispuesta por esas normativas, o sus
eventuales prórrogas”.
Es así, que en base a esta definición, “las ART no podrán rechazar la
cobertura de las contingencias”, detallando en el artículo segundo que Tip! Escaneá
las aseguradoras deberán “adoptar los recaudos necesarios para que, el código
al tomar conocimiento de la denuncia del infortunio laboral acompañada QR y mirá
del correspondiente diagnóstico confirmado emitido por entidad debida-
mente autorizada, la trabajadora o el trabajador damnificado reciba, en el decreto
forma inmediata, las prestaciones previstas en la Ley N° 24.557, y sus
normas modificatorias y complementarias”.
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