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SEComunica | La Revista N° 4
Sistema de prevención que debe que ello no afecte la actividad comercial y/o producción del emplea-
adoptar el EMPLEADOR dor. (Dec. 163/2020 - Anexo III).
a. Horario de Atención de Comercio: f. Distancia entre empleados dentro
En General: Implementar un horario de atención al público de al del establecimiento
menos TRECE (13) horas diarias en función de los flujos de la deman- - Disminuir la cantidad de trabajadores en los ámbitos laborales.
da y a fin de evitar las concentraciones de los clientes. (Res.101/2020). (Dec. 163/2020 - Anexo III) .
Reglamentación Específica para Comercios: Estable- - Deberá evaluarse la reducción al mínimo indispensable de trabaja-
cer que el horario de atención, “en todos los formatos comerciales dores – sin alterar el statu quo- por un tiempo determinado siempre
(hipermercados, supermercados, formatos de proximidad, autoservi- que ello no afecte la actividad comercial y/o producción del emplea-
cios, etc), en todo el territorio nacional, será de 7:00 hs a 20:00 hs. de dor. (Dec. 163/2020 - Anexo III)
lunes a domingo, incluyendo los días feriados” (Acuerdo “FAECYS c/
ASU” fecha 21/03/2020).
Asimismo, en el ámbito de CABA el horario de apertura de locales
comerciales “no esenciales” debe ser de lunes a viernes entre las 11
y las 21hs (Anexo I Res.130/2020 GCBA). Esta iniciativa tiene por obje-
tivo no saturar la circulación de personas en las denominadas “horas
pico” de la mañana y la tarde. Como puede notarse, dichos comercios
no pueden abrir días sábados ni domingos.
b. Atención Previa y Exclusiva
para Personas en Grupo de Riesgo:
Implementación de una franja horaria no menor a una (1) hora diaria,
previo a la atención normal y habitual, disponible para los grupos de
riesgo. (Decreto GCBA Nro: 163/2020 - Anexo III)
g. Medidas de Difusión y
c. Control de Acceso e Ingreso de Concientización:
Personas y Clientes al Establecimiento: - Armar y disponer en todo el piso de venta de los establecimientos
Disponer de personal específicamente destinado a controlar el ac- comerciales, de banners, audios y materiales de prevención para
clientes (Res.101/2020).
ceso y evitar aglomeraciones en los locales de venta en función de
la superficie de los mismos, a fin de mantener una óptima relación - Comunicar y difundir las medidas de prevención necesarias de ma-
entre espacio y asistentes. (Res.101/2020).
nera online, reforzando los siguientes puntos, a saber:
» Lavarse las manos con jabón frecuentemente.
d. Distancia y Señalización entre » Estornudar y toser sobre el pliegue del codo o sobre un pañuelo
Clientes en Líneas de Espera para ser descartable y desechar el mismo.
atendidos: » No llevar las manos a la cara, la boca y los ojos.
» Desinfectar con agua y lavandina las superficies de contacto como
Señalizar los lugares de espera, de manera de mantener una distan- escritorios o picaportes.
cia de UN METRO Y MEDIO (1,5 m.) entre cliente/a y cliente/a en luga- » Evitar compartir bebidas, alimentos, vajillas, ni objetos personales
res de espera sea tanto en línea de caja y/o donde los/as consumido- con otras personas. (Dec. 163/2020 - Anexo III)
res deban formar fila de espera para ser atendidos. (Res.101/2020) » Uso obligatorio de tapa boca, nariz y mentón.
- Realizar las pertinentes capacitaciones y actualizaciones a los res-
e. Cantidad de Empleados: ponsables de seguridad e higiene respecto del “Protocolo de Corona-
- Disminuir la cantidad de trabajadores en los ámbitos laborales. virus”. (Dec. 163/2020 - Anexo III)
(Dec. 163/2020 - Anexo III).
- Identificar a las personas que constituyen grupo de riesgo a los fi-
- Deberá evaluarse la reducción al mínimo indispensable de trabaja- nes de capacitarlas particularmente y otorgarles una licencia especial.
dores – sin alterar el statu quo- por un tiempo determinado siempre (Dec. 163/2020 - Anexo III)
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