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Enfermedad de familiar:
             Licencia de hasta 30 días anuales sin goce de sueldo por enfer-
             medad  de  cónyuge,  padres  o  hijos/as  que  requiera  necesaria
             necesariamente la asistencia de el/la potencial licenciado/a, que
             deberá estar comprobada mediante certificado médico.



             Fallecimiento de familiar:
             Cuatro días corridos por fallecimiento de padres, hijos/as, cón-
             yuge o hermanos/as, con goce de remuneraciones. También se
             contemplan dos días de licencia corridos sin descuentos, por fa-
             llecimiento de abuelos/as, padres o hermanos/as políticos o hi-
             jos/as de el/la cónyuge.



             Nacimiento (padre):                                         Compras:
             Corresponden dos días hábiles por nacimiento de el/la hijo/a.  Una hora de licencia mensual con goce de remuneraciones para
                                                                         llevar a cabo sus compras en lugares donde la franja horaria del
                                                                         lugar imposibilite a el/la empleado/a asistir fuera de su horario de
                                                                         trabajo. Las empresas deberán fijar la fecha y hora para su otor-
             Donación de Sangre:                                         gamiento, como la disposición necesaria para que no interrumpa
             Disposición de la licencia de la jornada por concurrir a donar san-  el desarrollo de las labores.
             gre, presentando el certificado que lo acredite.



             Mudanza:                                                    Licencia por maternidad:
             Goce de dos días corridos de licencia.                      La trabajadora dispondrá de 90 días de licencia remunerados por
                                                                         el nacimiento de su hijo/a, pudiendo optar por tomar 45 antes del
                                                                         parto y misma cantidad en el post. Una vez finalizada esta licen-
             Carga pública:                                              cia, y si así lo quisiese, podrá entrar en vigencia la excedencia, de
             Autorización,  con  goce  total  de  remuneraciones,  a  quien  por   tres a seis meses, pero sin goce de sueldo.
             trámites de índole personal con carácter de carga pública deba
             comparecer ante reparticiones oficiales. Deberá presentar certi-
             ficación que lo compruebe.


                                                                                Si tenés dudas o necesitás consultar por tu
             Licencia por examen:
             En  el  caso  de  los/as  estudiantes  que  concurran  al  secundario,   caso en particular, recordá que podés acer-
             gozarán de 10 días de licencia anuales, debiendo llevar el certifi-  carte a la Secretaría de Asuntos Gremia-
             cado de exámen rubricado por la autoridad educacional. A quie-     les, en la sede de Moreno 625, en el ho-
             nes concurran al nivel universitario, les corresponden 20 días por
             año, pudiendo solicitar hasta un máximo de 4 días por examen,      rario de 09:00 a 18:00 hs, sin turno previo
             fijándose el lapso completo en 7 años y debiendo presentar com-    con tu recibo de sueldo, para que uno/a de
             probante de examen. Cuando en el año se excediera de 5 exáme-       nuestros/as abogados/as te asesore.
             nes sin repetirlos se otorgarán 4 días más de licencia con goce de
             remuneraciones.





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