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Asimismo, de manera complementaria con fecha 26 de septiembre de 2019, la FAECYS y las cámaras empresarias del sector firmaron un
            acuerdo que regula las condiciones de implementación de dicha asignación, estableciendo condiciones de pago en un máximo de 5 cuotas y
            la aplicación excepcional de un aporte extraordinario del 3% destinado a OSECAC.


                   Por tanto, los puntos salientes a tener en
                   cuenta conforme surgen del Decreto y del
                   acuerdo suscripto son:

                                                                        No  pueden  ser  absorbidos,  ni  compensados  con  Au-
                                                                        mentos  Paritarios  anteriores  al  decreto  que  se  hu-
                   Que  sin  perjuicio  de  su  naturaleza  no  remunerativa   biesen otorgado.
                   se  consensuó aplicar  excepcionalmente  un aporte  ex-
                   traordinario del 3% con destino a OSECAC como única   Si  el  trabajador  cumple  una  jornada  laboral  a  tiempo
                   retención (solo para trabajadores afiliados a dicha Obra   parcial (art. 92 ter Ley 20.744), el monto a percibir será
                   Social).  No sufrirá ningún otro descuento; ni previsiona-  proporcional a las horas trabajadas.
                   les, ni  sindicales.
                                                                        Se establece que dicha asignación podrá pagarse en un
                   Se  prevé  que  dicha  suma  será  compensada  con  los   máximo de hasta 5 cuotas debiendo, en ese caso, ha-
                   próximos aumentos paritarios o con los aumentos que   cerse efectiva la primera con los haberes de septiembre
                   extraordinariamente  los  Empleadores  hubiesen  otor-  2019. Ello sin perjuicio de aquellas empresas que estén
                   gado,  luego  del  12  de  agosto  de  2019,  superiores  y   en condiciones de abonar la asignación no remunera-
                   ajenos a los Aumentos que por Acuerdos Paritarios    tiva en un pago único dentro del mes de Octubre o en
                   anteriores al decreto que debían otorgar en virtud de   una menor cantidad de cuotas. Al respecto, debe des-
                   la negociación colectiva llevada a cabo para nuestra Ac-  tacarse que el SEC se encuentra efectuando negocia-
                   tividad.                                             ciones con distintas empresas del sector a dicho fin.





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                    Asuntos Gremiales, ubicada en
                    la sede de




                    Moreno 625,

                    de 9 a 18:00 hs.





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