26/09 Día del Empleado de Comercio: se traslada al lunes 23

26/09 Día del Empleado de Comercio: se traslada al lunes 23

JURÍDICO Y GREMIAL   /   30-08-2019   /  A+ | a-
El 26 de septiembre, los/as empleados/as de comercio de todo el país celebramos nuestro día, conforme con la ley 26.541, sancionada el 11 de noviembre de 2009; ratificando lo establecido por el artículo 76 de nuestro Convenio Colectivo de Trabajo 130/75.

Para este 2019, se ha resuelto, trasladar el feriado para el lunes 23, con el objetivo que todos los trabajadores y trabajadoras puedan gozar de su día de descanso.

Al establecerse el Día del Empleado de Comercio con carácter de feriado, te recordamos que este día se rige según las normas establecidas por la Ley de Contrato de Trabajo para el descanso dominical. Esto implica que en caso de prestar servicio, deberás cobrar la remuneración normal de los días laborales más una cantidad igual, es decir, ese día se abona doble. En caso de no trabajar, el día se liquida como una jornada habitual. Tené en cuenta además, que el lunes 23 no podrá otorgarse como franco compensatorio de descanso semanal. 

El Día del Empleado de Comercio, es tu derecho y el de todos los compañeros y compañeras de nuestra querida familia mercantil. ¡Feliz día!

Si tenés dudas o consultas, podés acercarte a la Secretaría de Asuntos Gremiales en la sede de Moreno 625 -lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hs- para que uno/a de los/as abogados/as pueda asesorarte.

 
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