El próximo jueves 26 de septiembre los trabajadores y trabajadoras de comercio de todo el país celebramos nuestro día, de acuerdo a lo estipulado por la Ley 26.541. Para este año, desde la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) que conduce nuestro Secretario General, Cro. Armando Cavalieri, y en conjunto con las Cámaras empresarias del sector se acordó trasladar el feriado para el lunes 30 de septiembre, para que ese día los/as trabajadores/as tengan su reconocimiento con todos los alcances de la Ley mencionada, por eso, te contamos a continuación cuáles son tus derechos:
El día del empleado/a de comercio tiene carácter de feriado, lo que significa que se rige por las mismas normas que tiene la Ley de Contrato de Trabajo para el descanso dominical por lo cual, de no prestar tareas, la liquidación deberá ser como cualquier jornada habitual, sin descuentos ni sanciones, y en caso de asistir la remuneración será el doble.
¡Importante! También debemos tener en cuenta que esta jornada no podrá, bajo ningún concepto, otorgarse como franco compensatorio de descanso semanal para los/as trabajadores/as.
Desde el SEC - Capital Federal esperamos que disfruten de su día con toda la familia mercantil.
Si tenés dudas o consultas en lo que a materia laboral respecta, podés comunicarte con la Secretaría de Asuntos Gremiales a través del 11-3682-6116 o de manera presencial en Moreno 625, de lunes a viernes, de 10 a 18hs.
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