Asignación no remunerativa para trabajadores/as

Asignación no remunerativa para trabajadores/as

JURÍDICO Y GREMIAL   /   08-09-2023   /  A+ | a-
El Poder Ejecutivo Nacional dispuso a través del DNU 438/2023 una asignación no remunerativa para los trabajadores y las trabajadoras que cumplen tareas en relación de dependencia en el sector privado y perciban un salario neto de hasta $400.000 (incluyendo conceptos remunerativos y no remunerativos).

Dicha asignación ascenderá a la suma de hasta $60.000 que será abonada en dos cuotas de hasta $30.000 cada una, a pagar con los salarios de Agosto y Septiembre de 2023 y para aquellos/as trabajadores/as que presten servicios en una jornada inferior a la jornada legal o convencional se pagará de manera proporcional 

Los empleadores tendrán tiempo de pagar la primera cuota hasta el 21/9, mientras que la segunda cuota deberá ser abonada conjuntamente con los haberes del mes de Septiembre 2023.

Conforme establece el propio DNU, el pago de esta asignación encuentra un tope en la suma de $400.000 netos, razón por la cual, para que el trabajador perciba la asignación en su totalidad, su remuneración devengada correspondiente al mes de Agosto 2023 debe ser de hasta $370.000 netos. De superar esta suma, el monto de la asignación será equivalente a la diferencia entre $400.000 y los salarios netos superiores a $370.000 correspondientes al devengado en el mes de Agosto de 2023. 

Por ejemplo, un/a trabajador/a cuya remuneración de Agosto 2023 ascendió a $390.000, percibirá como monto mensual de dicha asignación la suma de $10.000.

Si tenés dudas o consultas en lo que a materia laboral respecta, podés comunicarte con la Secretaría de Asuntos Gremiales a través del 11-3682-6116 o de manera presencial en Moreno 625, de lunes a viernes, de 10 a 18hs.
 
Ver Decreto
Top