A fin de mes, la Secretaría de Asuntos Gremiales, que lleva adelante Eduardo Wlasiuk, y la Subsecretaría, a cargo de la cra. Rocío Ríos, confirmaron, en conjunto con el cuerpo de delegados/as de la mencionada institución, el flamante convenio que nuestro sindicato y la empresa llevarán adelante, y que incluirá muchísimos avances en las condiciones laborales. ¡Enterate de todas al detalle!
- Licencia por hijo/a enfermo/a con goce de haberes: 5 días corridos por año calendario con presentación de certificado médico.
- Licencia por paternidad: 10 días corridos con goce de haberes.
- Licencia por nacimiento de hijo/a de padres no biológicos o adopción: 10 días corridos con goce de haberes.
- Licencia por días de estudio de grado y posgrado: 26 días.
- Licencia por día de estudio de terciarios con título oficial: 10 días.
- Licencia por fallecimiento de padres, hijos, hermanos y cónyuge: 4 días corridos ampliables a 2 en razón de la distancia (más de 500km). La empresa tendrá la facultad de ampliar 2 días más, sin goce de haberes.
- Licencia por fallecimiento de abuelos/as, hermanos/as políticos/as, padres políticos o hijos/as del cónyuge: 2 días corridos con goce de haberes. La empresa podrá ampliar 2 días más sin goce de haberes.
- Enfermedades inculpables, límite del visitador médico: podrá visitar el domicilio de el/la trabajador/a de 08:00 AM. A 21:00 PM. Exigencia de credencial de identificación del visitador por parte de el/la paciente a quien visita.
- Pausa básica entre llamadas para los teleoperadores: 10 segundos.
- Teletrabajo: Se aumenta el concepto mayores costo de $500 a $750 actualizable mediante paritarias.
- Guardia pasiva: Por mantenerse localizable sin prestar efectivamente tareas, al empleado/a se le liquidará el 25% de su jornada diaria del sueldo básico. En caso que el/la trabajador/a cumpla tareas efectivas se considerarán horas extras.
- Reducción de jornada de nueve horas diarias a ocho horas diarias según la disponibilidad y necesidad del negocio para su aplicación. Cuando la naturaleza de la tarea lo demanda la jornada se podrá extender a nueve horas diarias y será considerada jornada normal. Recién el exceso de ese límite de nueve horas va a ser considerado como hora extraordinaria.
Estas reformas rubrican el incansable trabajo propulsado desde nuestro gremio, siempre en defensa de los/as empleados/as del sector, con presencia en todas las reuniones pactadas y brindando un apoyo incondicional hacia las necesidades manifestadas.
¡Felicitaciones, compañeros/as!