¡Nuevo convenio “Provincia Net”!

¡Nuevo convenio “Provincia Net”!

JURÍDICO Y GREMIAL   /   26-07-2019   /  A+ | a-
El Sindicato Empleados de Comercio de Capital Federal, que encabeza el cro. Armando Cavalieri, ratificó el pasado jueves 25 de julio, el nuevo acuerdo con la empresa “Provincia Net” que modifica el Convenio Colectivo de Trabajo N.º 130/75, y que acarrea varias mejoras para los/as trabajadores/as. ¡Mirá!




A fin de mes, la Secretaría de Asuntos Gremiales, que lleva adelante Eduardo Wlasiuk, y la Subsecretaría, a cargo de la cra. Rocío Ríos, confirmaron, en conjunto con el cuerpo de delegados/as de la mencionada institución, el flamante convenio que nuestro sindicato y la empresa llevarán adelante, y que incluirá muchísimos avances en las condiciones laborales. ¡Enterate de todas al detalle! 
  1. Licencia por hijo/a enfermo/a con goce de haberes: 5 días corridos por año calendario con presentación de certificado médico.
  2. Licencia por paternidad: 10 días corridos con goce de haberes.
  3. Licencia por nacimiento de hijo/a de padres no biológicos o adopción: 10 días corridos con goce de haberes.
  4. Licencia por días de estudio de grado y posgrado: 26 días.
  5. Licencia por día de estudio de terciarios con título oficial: 10 días.
  6. Licencia por fallecimiento de padres, hijos, hermanos y cónyuge: 4 días corridos ampliables a 2 en razón de la distancia (más de 500km). La empresa tendrá la facultad de ampliar 2 días más, sin goce de haberes.
  7. Licencia por fallecimiento de abuelos/as, hermanos/as políticos/as, padres políticos o hijos/as del cónyuge: 2 días corridos con goce de haberes. La empresa podrá ampliar 2 días más sin goce de haberes.
  8. Enfermedades inculpables, límite del visitador médico: podrá visitar el domicilio de el/la trabajador/a de 08:00 AM. A 21:00 PM. Exigencia de credencial de identificación del visitador por parte de el/la paciente a quien visita.
  9. Pausa básica entre llamadas para los teleoperadores: 10 segundos.
  10. Teletrabajo: Se aumenta el concepto mayores costo de $500 a $750 actualizable mediante paritarias.
  11. Guardia pasiva: Por mantenerse localizable sin prestar efectivamente tareas, al empleado/a se le liquidará el 25% de su jornada diaria del sueldo básico. En caso que el/la trabajador/a cumpla tareas efectivas se considerarán horas extras. 
  12. Reducción de jornada de nueve horas diarias a ocho horas diarias según la disponibilidad y necesidad del negocio para su aplicación. Cuando la naturaleza de la tarea lo demanda la jornada se podrá extender a nueve horas diarias y será considerada jornada normal. Recién el exceso de ese límite de  nueve horas va a ser considerado como hora extraordinaria. 

Estas reformas rubrican el incansable trabajo propulsado desde nuestro gremio, siempre en defensa de los/as empleados/as del sector, con presencia en todas las reuniones pactadas y brindando un apoyo incondicional hacia las necesidades manifestadas. 

¡Felicitaciones, compañeros/as!
 
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